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¿Eres propietario de una casa rural en Asturias o Cantabria y habías pensado en alquilarla para obtener unos ingresos extra a final de mes? Esta es una idea muy común entre los propietarios, especialmente durante los últimos años, en los que el turismo rural ha vivido un importante crecimiento y el alquiler de casas rurales ha aumentado su demanda, pero que no siempre se lleva a cabo.
¿Por qué? Básicamente porque alquilar una casa rural no es tan sencillo como hacerle unas fotos y subirla a Internet a la espera de que entren las reservas, sino que son muchas las gestiones que se deben realizar y las obligaciones a cumplir.
Unas obligaciones que variarán en función de la Comunidad Autónoma en la que se encuentre la casa rural, y que se muestran como la principal barrera para los propietarios a la hora de alquilar sus casas rurales. Para conocer estas obligaciones, deberás estudiar el Decreto Regulador para la Vivienda Vacacional de tu Comunidad.
La Comunidad de Cantabria modificó su Decreto Regulador en 2014, convirtiéndose en una de las comunidades más estrictas del país al solicitar el registro y obtener la correspondiente licencia para el alquiler.
En Cantabria ya no existen los términos “vivienda vacacional” o “vivienda turística”, sino que ahora las casas rurales deben estar registradas como “Alojamientos Turísticos Extrahoteleros”.
Para obtener la licencia de alquiler de un alojamiento rural en Cantabria se deberá presentar la “Declaración Responsable” en la Dirección Regional de Turismo y, previamente, haber solicitado la licencia en el Ayuntamiento, registrar la actividad en Hacienda y en la Oficina del Seguro Social, siendo necesario darse de alta como autónomo o constituir una sociedad.
El alquiler de una casa rural en Asturias es bastante más sencillo que en Cantabria. El Decreto de Viviendas Vacacionales y Uso Turístico en Asturias se activó en 2016, y básicamente se centra en realizar una clasificación entre casas vacacionales, casas aldea y apartamentos turísticos, en aquellos casos en los que hay dos casas juntas.
Es necesario que los propietarios inscriban el alojamiento en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas de Asturias, presentando previamente la Declaración Responsable junto a la correspondiente documentación. En cuanto a las casas aldea y los apartamentos turísticos, la ley exige darse de alta como autónomos.
En Ruralia somos perfectamente conscientes de que el cumplimiento de estas obligaciones, que pueden producir importantes quebraderos de cabeza, hace que muchos propietarios no accedan a alquilar sus casas rurales, que se mantienen vacías durante una gran parte del año, renunciando así a unos ingresos extra nada despreciables. Y no es de extrañar.
Si eres propietario de una casa rural y te encuentras en esta situación, en Ruralia podemos y queremos ayudarte. ¿Cómo? Alquilando tu casa rural en Asturias o Cantabria por ti.
Queremos que puedas obtener unas buenas rentas con el alquiler de tu vivienda en aquellos meses del año en los que se encuentre inhabitada, sin que tengas que preocuparte por nada, ¿qué te parece? En Ruralia nos encargamos de dar de alta tu vivienda, olvidándote de todo el papeleo y despreocupándote de todas las gestiones. Nos encargaríamos también de toda la parte de comercialización y marketing, aumentando la visibilidad de la casa rural y situándola entre las primeras opciones de alquiler.
No tendrás que preocuparte por nada, nosotros lo haremos por ti, olvidándote del correo electrónico, de las llamadas, cobros, facturas y obligaciones fiscales. Gestionaremos todos los puntos del alojamiento: reservas, fichas de clientes, cobros, posibles quejas, etc. Todo para que tu única preocupación sea recibir el dinero de tus reservas.
Somos una empresa con experiencia en el alquiler de casas rurales en Asturias y Cantabria desde 1989, por lo que te garantizamos que estarás en las mejores manos. Además, llevamos más de 20 años trabajando con clientes ingleses y alemanes, lo que nos permite aumentar las posibilidades de alquiler en mercados extranjeros.
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